¿A quién aplica la factura electrónica?
Aunque la ley entró en vigor en 2022, el desarrollo reglamentario que fija plazos y requisitos se publicó en un proyecto de Real Decreto a principios de 2024, marcando un calendario escalonado para la implantación obligatoria según volumen de facturación.
A partir de julio de 2024, las empresas con una facturación anual superior a 8 millones de euros deben emitir y conservar sus facturas en formato electrónico, disponiendo de un año para adaptarse desde la publicación del reglamento. Para el resto de pymes y autónomos la obligación se producirá a finales de 2025 o principios de 2026. Asimismo, desde 2026 todas las facturas B2B deberán remitirse de forma instantánea a la Agencia Tributaria mediante los canales FACe, EDI o plataformas privadas homologadas.